Micelio
Auto18 de febrero de 2026

A-115/26 de 2026

Ponente Lina Marcela Escobar Martínez

Tema · dato duro
Demanda Promovida Por Trabajador Oficial Que Busca La Aplicación De Un Derecho Derivado De Una Convención Colectiva De Trabajo.
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 007 Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado 005 Administrativo Oral de Medellín, suscitado por una demanda ordinaria laboral presentada por una ciudadana, en contra de la Universidad de Antioquia, para que se declare su derecho a recibir, como pensionada de la Universidad de Antioquia, el pago de prestaciones y beneficios, con fundamento en las Convenciones Colectivas de Trabajo de 1975 y 1976-1977, y el Laudo Arbitral de 1974, entre otros conceptos.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena señala que, conforme con el material probatorio obrante en el expediente es posible advertir que, en principio, la naturaleza del vínculo entre la demandante y la Universidad de Antioquia, al momento de causar la pensión, correspondía a la de una trabajadora oficial, calidad del vínculo laboral que no ha sido desvirtuada ni se encuentra en discusión al interior de la Jurisdicción Ordinaria.

A su vez, la Sala tampoco avizora que exista alguna acción jurisdiccional en curso que pretenda cuestionar dicha calidad y dicha discusión es una que se escapa del ámbito de competencia de la Corte Constitucional como juez del conflicto.

Así, al advertirse que la demandante, en principio, tuvo la calidad de trabajadora oficial, es claro que la controversia planteada en la demanda entorno a la aplicación de una convención colectiva de trabajo, corresponde conocerla a la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral, conforme la regla de decisión del Auto 872/21.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.